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Elementos de seguridad obligatorios para las embarcaciones deportivas

CATEGORÍA DE DISEÑO B: NAVEGACIÓN EN ALTA MAR
Zona 3: Navegación a menos de 25 millas de la línea de costa

 
Seguridad
 
 
  • Balsa salvavidas 100% personas (SOLAS revisión anual, con paquete de emergencia tipo A)
  • 1 Aro salvavidas con luz y rabiza
  • Chalecos salvavidas 110% personas, flotabilidad mínima de 275N (revisión anual para los hinchables)
  • 6 cohetes con luz roja y paracaídas
  • 6 bengalas de mano con luz roja
  • 1 señales fumígenas flotantes de color naranja
  • 1 baldes contra incendios con rabiza (válidos para achique) serán robustos, de plástico u otro material, y de 7l. cómo mínimo. (3 si la eslora es superior a 20 m)
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    Gobierno
     
     
  • Un compás de gobierno
  • Prismáticos
  • Cartas y libros náuticos (Faros / derrotero, prim. Auxilios, Regl. Radiocomun., código inter. De señales)
  • Bocina de niebla a presión manual (si es de gas con recipiente de membrana de respeto)
  • Campana (para eslora > 15 m.) o medios para producir sonido para esloras inferiores
  • Pabellón nacional
  • 1 linterna estanca (bombilla y pilas de repuesto)
  • Espejo de señales
  • Código de señales (si se montan aparatos de radiocomunicaciones)
  • Reflector radar (embarcaciones no metálicas)
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    Armamento diverso
     
     
  • Línea de fondeo: ver detalles
  • Un botiquín Tipo balsa de salvamento (si la tripulación es contratada será el prescrito en el RD 258/1999)
  • Una caña de timón de emergencia (no obligatorio con motor fuera borda, transmisión en Z o varios motores)
  • 2 estachas de amarre al muelle
  • Un bichero
  • Un remo de longitud suficiente para embarcaciones menores de 8 m.
  • Un inflador y juego de reparación de pinchazos en embarcaciones neumáticas rígidas y semirrígidas
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    Extinción
     
     
  • Extintores: ver detalles
  • Una bomba de achique accionada por el motor principal u otra fuente de energía.
  • Una bomba de achique de accionamiento manual.
  • 2 baldes para achique
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    Radiocomunicaciones
     
     
  • Una instalación radioeléctrica de VHF con llamada selectiva digital.
  • Una radiobaliza de 406 MHz, de activación automática y manual o únicamente manual.
        Más detalles en la web de Fomento

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    Normativa
     
     
  • BOE - ORDEN FOM/1144/2003, de 28 de abril, por la que se regulan los equipos de seguridad, salvamento, contra incendios, navegación y prevención de vertidos por aguas sucias, que deben llevar a bordo las embarcaciones de recreo.
  • BOE - ORDEN FOM/1076/2006, de 29 de marzo, por la que se modifica la Orden FOM/1144/2003, de 28 de abril, por la que se regulan los equipos de seguridad, salvamento, contra incendios, navegación y prevención de vertidos por aguas sucias, que deben llevar a bordo las embarcaciones de recreo.
  • BOE - Real Decreto 1185/2006, de 16 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las radiocomunicaciones marítimas a bordo de los buques civiles españoles.
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    Los datos expuestos constituyen un extracto y no puede garantizarse su exactitud ni actualidad. Debe consultarse la normativa vigente